Guía

Prima de antigüedad e indemnización: diferencias y cálculo

Se confunden a menudo, pero tienen reglas distintas. La prima la cobra casi todo trabajador con contrato indefinido; la indemnización, solo en ciertos casos.

Diferencias en una tabla

Prima de antigüedadIndemnización
NormaArt. 224 y 226Art. 225 y 149
ContratoIndefinidoIndefinido*
MotivoCualquieraDespido injustificado, renuncia justificada o causa económica
Monto1 semana por año3.4 semanas por año (10 primeros) + 1 semana por año adicional
Salario basePromedio de los últimos 5 añosPromedio de 6 meses o de 30 días, el mayor
* En contratos definidos o por obra, la terminación anticipada sin justa causa obliga a pagar los salarios del tiempo restante (art. 227).

Prima de antigüedad

El artículo 224 del Código de Trabajo establece que, a la terminación de todo contrato por tiempo indefinido y cualquiera que sea la causa, el trabajador recibe una semana de salario por cada año laborado desde el inicio de la relación, con la parte proporcional de los años incompletos. El artículo 226 indica que se calcula con el promedio de lo percibido en los últimos cinco años.

Prima = (promedio mensual de 5 años × 12 ÷ 52) × años de servicio

Indemnización por despido injustificado

Para relaciones iniciadas desde la Ley 44 de 1995, el artículo 225 (acápite C) fija 3.4 semanas de salario por cada año en los primeros diez años y una semana por cada año posterior, con proporcionalidad por fracción. También se paga cuando renuncias con causa justificada (art. 223) y en los despidos por causa económica del artículo 213 C, que deben autorizarse previamente ante la autoridad de trabajo (art. 215).

Indemnización = salario semanal × (3.4 × años hasta 10 + 1 × años después de 10)

Preaviso en despidos con menos de dos años

El artículo 211 prohíbe despedir sin causa justificada a un trabajador con contrato indefinido, pero el artículo 212 exceptúa, entre otros, a quienes tienen menos de dos años de servicio continuo, a los trabajadores domésticos y a los de empresas muy pequeñas. En esos casos el empleador debe pagar la indemnización y, además, avisar con 30 días de anticipación o pagar ese preaviso.

¿Pagan impuestos?

No pagan cuotas de la CSS (Ley 51, art. 86). Para el ISR no se suman al salario del año: se resta un 1% por cada año completo de servicio y B/.5,000, y solo el saldo paga la tarifa normal (Decreto Ejecutivo 170 de 1993, art. 119). Con salarios habituales, el resultado suele ser cero.

Ejemplos con B/.1,000 al mes

AntigüedadPrimaIndemnizaciónSuma
1 añoB/. 230.77B/. 784.62B/. 1,015.39
3 añosB/. 692.31B/. 2,353.85B/. 3,046.16
5 añosB/. 1,153.85B/. 3,923.08B/. 5,076.93
10 añosB/. 2,307.69B/. 7,846.15B/. 10,153.84
15 añosB/. 3,461.54B/. 9,000.00B/. 12,461.54
20 añosB/. 4,615.38B/. 10,153.85B/. 14,769.23
Contrato indefinido, despido injustificado, salario constante. Sin vacaciones ni décimo pendientes.

Casos que requieren revisión

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Preguntas frecuentes

¿La prima de antigüedad se paga si me despiden con causa justificada?

Sí. El artículo 224 la reconoce a la terminación de todo contrato por tiempo indefinido, cualquiera que sea la causa.

¿Puedo cobrar prima e indemnización a la vez?

Sí. La indemnización del artículo 225 se paga «sin perjuicio» de la prima del artículo 224: son conceptos distintos y se suman.

¿Qué es el fondo de cesantía?

Es un fondo que el empleador debe constituir para los contratos indefinidos, con aportes trimestrales para pagar la prima de antigüedad y la indemnización (art. 229-A y siguientes). Garantiza el pago, pero no cambia el monto al que tienes derecho.

¿La indemnización puede pagarse en especie?

No. El artículo 225 prohíbe pagar en especie la prima de antigüedad, la indemnización y sus recargos.

Fuentes y vigencia

Parámetros revisados el 24 de octubre de 2026 contra el texto de las normas citadas.

Importante: las leyes, los criterios administrativos y las condiciones de tu contrato pueden cambiar el resultado. Contrasta la estimación con tu comprobante de pago, con tu empleador o con MITRADEL antes de tomar decisiones.