Terminación laboral

Calculadora de liquidación laboral

Separa cada concepto según tu contrato y el motivo de terminación. No todos los trabajadores reciben lo mismo, y aquí verás por qué.

La relación laboral

B/.
Si cobras comisiones o sobretiempo, usa el promedio de los últimos 6 meses o el de los últimos 30 días, el que sea mayor (art. 149).
Ajustar vacaciones, décimo y prima
Vacío: se estiman solo las del año de servicio en curso.
B/.
Vacío: se estima con tu salario desde el día 16 del último mes de pago.
B/.
La prima de antigüedad se calcula con este promedio (art. 226).

Completa salario, fechas, contrato y motivo para ver qué conceptos te corresponden.

¿Qué te corresponde según el motivo?

Motivo (contrato indefinido)Vacac. y décimoPrimaIndemn.
Renuncia voluntariaSíSíNo
Mutuo acuerdoSíSíNo*
Despido justificadoSíSíNo
Despido injustificadoSíSíSí**
Renuncia justificada (art. 223)SíSíSí
Causa económica (art. 213 C)SíSíSí
* Salvo que el acuerdo incluya una suma adicional. ** Con menos de dos años de servicio, más 30 días de preaviso si no hubo aviso (art. 212); en período probatorio escrito no hay indemnización (art. 78). En contratos definidos o por obra no hay prima de antigüedad; la terminación anticipada sin justa causa obliga a pagar el tiempo restante (art. 227).

Cómo calculamos cada concepto

Vacaciones (art. 54)

Un día por cada 11 trabajados, valorado a salario mensual ÷ 30. Si no indicas los días pendientes, estimamos solo los del año de servicio en curso (máximo 30), suponiendo que ya disfrutaste los anteriores.

Décimo tercer mes proporcional

Lo devengado desde el inicio de la partida en curso (16 de diciembre, 16 de abril o 16 de agosto) dividido entre 12.

Prima de antigüedad (arts. 224 y 226)

Prima = (salario promedio de los últimos 5 años × 12 ÷ 52) × años trabajados

Indemnización (arts. 225 y 149)

Indemnización = salario semanal × (3.4 × años hasta 10 + 1 × años después de 10)

Usa el salario de los últimos seis meses o de los últimos 30 días, el más favorable. Si la relación empezó antes de la Ley 44 de 1995, se aplican escalas anteriores combinadas que esta herramienta no automatiza.

Años de servicio

Contamos los años completos por aniversarios y la fracción del año en curso, con el primer y el último día incluidos. Así, del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2025 son exactamente 5 años, aunque haya un 29 de febrero en medio.

Preaviso (art. 212)

Con menos de dos años de servicio continuo (y en otros casos del art. 212, como trabajadores domésticos o de empresas muy pequeñas), el empleador puede despedir sin causa justificada, pero debe pagar la indemnización y avisar con 30 días de anticipación o pagar ese preaviso. Si estabas en período probatorio pactado por escrito (hasta 3 meses, art. 78), no hay indemnización ni preaviso.

Descuentos

Ejemplo

Contrato indefinido, B/.1,000 mensuales, del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2025 (5 años exactos), despido injustificado: salario semanal B/.230.77; prima 230.77 × 5 = B/.1,153.85; indemnización 230.77 × 5 × 3.4 = B/.3,923.08. A eso se suman las vacaciones y el décimo pendientes. No hay ISR sobre la prima y la indemnización: 5,076.93 − 5% − 5,000 es menor que cero.

Preguntas frecuentes

¿Qué incluye una liquidación laboral en Panamá?

Siempre: las vacaciones pendientes y el décimo tercer mes proporcional. En contratos por tiempo indefinido, además, la prima de antigüedad, sea cual sea el motivo de la terminación. La indemnización solo corresponde en despido injustificado, renuncia con causa justificada, causa económica o terminación anticipada de un contrato definido sin justa causa.

Si renuncio, ¿me pagan prima de antigüedad?

Sí, si tu contrato es por tiempo indefinido. El artículo 224 la reconoce a la terminación de todo contrato indefinido, cualquiera que sea la causa: una semana de salario por cada año trabajado, proporcional por fracción.

¿Cuánto es la indemnización por despido injustificado?

Para relaciones que empezaron después de la Ley 44 de 1995: 3.4 semanas de salario por cada año en los primeros diez años y una semana por cada año posterior, con parte proporcional por fracción (art. 225, acápite C). Se calcula con el salario promedio de los últimos seis meses o de los últimos 30 días, el que sea más favorable (art. 149).

¿Y si mi contrato era por tiempo definido?

Si el empleador lo termina antes del vencimiento sin justa causa, debe pagar los salarios que habrías recibido durante el tiempo restante del contrato (art. 227). Indica la fecha pactada de vencimiento para estimarlo.

¿Por qué el resultado es orientativo?

El monto final puede cambiar por salarios variables, preaviso, recargos, fueros (maternidad, sindical, riesgo profesional), acuerdos o lo que resuelva una autoridad. Para un caso concreto, acude a MITRADEL.

Fuentes y vigencia

Parámetros revisados el 24 de octubre de 2026 contra el texto de las normas citadas.

Importante: las leyes, los criterios administrativos y las condiciones de tu contrato pueden cambiar el resultado. Contrasta la estimación con tu comprobante de pago, con tu empleador o con MITRADEL antes de tomar decisiones.